• Mié. Abr 29th, 2026

Solicitan prisión contra profesor acusado de acoso sexual a menor

PorROBBY GABRIEL

Abr 29, 2026

SANTO DOMINGO: El Ministerio Público solicitó este miércoles la imposición de prisión preventiva como medida de coerción contra el imputado Inocencio Lebrón Montero, acusado de acoso sexual en perjuicio de una estudiante de un centro educativo del Distrito Nacional.

Según el expediente, el imputado, quien se desempeñaba como profesor de matemáticas de la adolescente, habría aprovechado la relación de confianza propia de su rol docente para iniciar un acercamiento progresivo hacia la víctima.

Las investigaciones indican que posteriormente ejerció presión emocional sobre la menor con el objetivo de inducirla a conductas de índole íntima, pese a que esta manifestó de manera expresa su negativa.

El órgano acusador sostiene que, en ese contexto, se produjeron varios encuentros dentro del vehículo del imputado, donde presuntamente realizó tocamientos indebidos e insistió en sostener relaciones sexuales, a lo que la víctima se negó.

Evidencias y proceso

Como parte de las pruebas, el Ministerio Público presentó una evaluación psicológica realizada por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses, la cual establece indicadores emocionales compatibles con situaciones de vulneración.

El imputado fue arrestado el pasado 22 de abril mediante una orden emitida por la Coordinación de los Juzgados de Instrucción del Distrito Nacional.

La solicitud de medida de coerción fue depositada por las procuradoras fiscales Adalgisa Tavares y Mariela Ramos, adscritas a la Unidad de Prevención de Violencia de Género y Delitos Sexuales.

La audiencia para conocer la medida fue aplazada para el sábado 2 de mayo por decisión de la jueza Lissa Veras, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, a solicitud de la defensa, que pidió más tiempo para preparar su caso.

Calificación jurídica

El Ministerio Público ha calificado el caso como violación a los artículos 330 y 333, literal D, del Código Penal Dominicano, así como al artículo 396, literal C, de la Ley 136-03 sobre Protección de Niños, Niñas y Adolescentes

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