• Mié. Jun 25th, 2025

Alfredo Pacheco somete ley para castigar con hasta 5 años de cárcel a propietarios que desalojen inquilinos y que no agoten el debido proceso.

PorROBBY GABRIEL

Jun 24, 2025

SANTO DOMINGO: En caso de que el propietario de una casa o inmueble comercial  desaloje a un inquilino  por cualquier razón sin agotar el  trámite judicial correspondiente , se enfrentaría  a penas carcelarias  que irían desde tres hasta los cinco años de prisión.

Así lo establece el  informe de una comisión especial  que se dirigió al  diputado perremeísta Amado Díaz . El informe se emitió tras el estudio, a cargo de una comisión, del  proyecto de ley de alquileres  de bienes inmuebles y desahucios, propuesto por el presidente de la Cámara Baja, Alfredo Pacheco.

El documento ahora debe debatirse en alguna sesión de  los diputados , que decidirán con sus votos si aprueban o rechazan la pieza de ley.

Según el artículo 51 del  informe  al  proyecto de ley , los  propietarios ,  arrendadores  o abogados que ejecuten un  desalojo  sin las formalidades judiciales serán sancionados con penas de tres a cinco años de prisión, además de la imposición de una multa que iría desde los 10 hasta los 20 salarios mínimos del sector público.

Más abajo, en el artículo 52, la propuesta establece que cualquier  ejercicio temerario  contra los inquilinos se debatirá en un  juzgado  y allí se impondrán las  sanciones  contra los  propietarios . Si el supuesto abuso es cometido por un  alguacil  o un abogado, la Suprema Corte de Justicia y la Procuraduría deberán debatir otras medidas disciplinarias.

EL PROECESO JUDICIAL

El  informe del proyecto  para una nueva  ley de alquileres  dedica todo un capítulo para explicar los procesos judiciales en situaciones de conflicto entre  propietarios  y arrendatarios.

En ese orden, el documento detallado que cualquier impasse o demanda relacionada con un  alquiler  será conocido por un  juzgado  de paz ubicado en el lugar donde se encuentre el inmueble.

Según la propuesta de los diputados, la primera fase del proceso deberá intentar una conciliación entre el propietario y el inquilino, pero, si no llegan a un acuerdo, el  juzgado  de paz celebrará  audiencias  donde debatirá el caso y dictará una sentencia.

Para evitar que el  proceso judicial  se prolongue, el artículo 36 de la pieza ordena a los jueces tomar una  decisión definitiva en 30 días . Y, si se excede de ese plazo, la parte afectada podrá solicitar al Consejo del Poder Judicial una autorización para exigir al juez por denegación de justicia.

Los desalojos

Si la decisión final del  juzgado  es un  desalojo , el proyecto establece, en su artículo 47, que un  alguacil  realizará la expulsión. Si el  inquilino  afectado no tiene un lugar donde guardar sus pertenencias, el  alguacil  los almacenará en un  almacén  destinado a esos multas.

El proyecto va a debate

Antes de convertirse en ley, el proyecto se debatirá en dos lecturas en la  Cámara de Diputados  y, luego, va al  Senado  para el mismo proceso. Si pasa sin obstáculos, el  Poder Ejecutivo  lo estaría revisando para devolverlo o promulgarlo. La pieza es una de las prioritarias para este cuatrienio.

Compartir en Redes Sociales