SANTO DOMINGO: El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) le estaba dando largas al proceso para escoger a destiempo a su candidato presidencial, en una acción que violaba la Constitución y las leyes electorales.
Así lo estableció el Tribunal Superior Electoral (TSE), en una sentencia donde dejó claro que la elección del candidato sería inconstitucional e ilegal, al infringir los artículos 216, 22.1, 69.10, y 138 de la Constitución; artículos 41, 46, párrafo 11, 50, 51, y 78, numeral 8, de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos; artículos 4, numeral 5, 97, párrafo 1, y 308, numeral 5 , de la Ley núm. 20- 23, de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral; artículos 6, literal c, 10, literal a, 16 y 24 de los Estatutos; y el criterio jurisprudencial establecido en las sentencias: TSE-045-2019, TSE045-2019, y TSE/0112/2023.
Durante las audiencias en el TSE, el PLD hasta pidió la intervención de la Junta Central Electoral para que expusiera su criterio sobre la eventual pre-elección del candidato presidencial, como y como se hizo el 16 de octubre de 2022, cuando resultó favorecido Abel Martínez, quien luego fue ratificado.
De hecho, el PLD también pidió la presencia de Abel y señaló que el demandante (Eleuterio Abad Santos) había apoyado la convocatoria del 2022, oponiéndose ahora a la que pensaba desarrollar el partido morado.
El TSE determinó que el señor Abad Santos y los demás miembros del PLD podían escoger a un candidatodiferente a los que se habían inscrito de forma prematura e ilegal, así que los aprestos del PLD quedaban anulados. De hecho, estableció que ese proceso interno violentaba los derechos constitucionales de Abel Martínez, Margarita Cedeño, Francisco Domínguez Brito, Juan Ariel Jiménez y Charlie Mariotti, quienes públicamente han manifestado sus aspiraciones.
Entre tanto, Francisco Javier García Fernández, Mario Bruno y Manfred Mata fueron declarados intervinientes forzosos, en su calidad de aspirantes. Sus precandidaturas también fueron anuladas.
El PLD se proponía elegir al candidato en el primer trimestre del 2026.