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Senasa suspenderá contratos a 10 centros privados del régimen subsidiado y les pagará por servicios

PorROBBY GABRIEL

Sep 12, 2025

Dice que la medida permitirá que los recursos se utilicen de manera más equitativa y transparente.

SANTO DOMINGO: El Seguro Nacional de Salud (Senasa) informó este viernes que diez centros privados de atención primaria del régimen subsidiado han sido notificados para la suspensión de sus contratos bajo la modalidad de pago capitado o de tarifa fija, y que podrán pasar al esquema de pago por servicios.

La ARS estatal, que está en medio de una crisis financiera, dijo que esta decisión, notificada formalmente a los prestadores, permitirá que los recursos se utilicen de manera «más equitativa y transparente», destinándose directamente a las atenciones que los afiliados reciben.

Señaló en un comunicado que la medida se aplicará de forma gradual, manteniéndose los servicios durante los 30 días posteriores a la notificación, tiempo en el cual los centros podrán acercarse a Senasa para evaluar el modelo de contratación vigente.

El director ejecutivo de Senasa, Edward Guzmán, destacó que la medida forma parte de una estrategia integral para optimizar la atención primaria.

«Concentramos los recursos estatales en un modelo que nos permite garantizar mayor sostenibilidad, fortalecer la red pública y ofrecer mejores servicios a los afiliados del régimen subsidiado«, dijo.

Dos modalidades de pago

Senasa explicó que, en el sistema conviven dos modalidades de pago: el capitado, que otorga una suma fija mensual por afiliado sin importar la cantidad de servicios que demande, y el pago por servicio, que remunera en función de las atenciones efectivamente brindadas.

«La transición hacia este último modelo en el régimen subsidiado refuerza la transparencia en el uso de fondos públicos y fortalece la red pública de atención primaria», subrayó la institución. 

  • La institución no reveló los centros privados notificados con el cambio de régimen de pago. 

No afecta el régimen contributivo

Senasa aclaró que esta disposición no afecta los servicios del régimen contributivo, donde los contratos de los prestadores se mantienen vigentes y en plena operación.

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