SANTO DOMINGO: La República Dominicana marca un hito en su sistema judicial con la promulgación del nuevo Código Penal (Ley Núm. 74-25). Esta legislación introduce un nuevo enfoque en la lucha contra la criminalidad, estableciendo algunas de las sanciones más severas en la historia del país.
Con penas que pueden alcanzar hasta 40 años de prisión mayor, la ley busca enviar un mensaje contundente contra las infracciones de mayor impacto social.
A continuación, se presenta un desglose de Los 6 delitos con mayores penas en el nuevo Código Penal, aquellos que conllevan las condenas máximas.
Feminicidio agravado
La violencia letal contra la mujer recibe la más alta penalidad bajo el nuevo código. El Artículo 94 establece una pena fija de 40 años de prisión mayor para el feminicidio agravado.
Esta severa condena se aplica cuando concurren circunstancias específicas, tales como la presencia de familiares durante el hecho, si la víctima era menor de edad, si estaba embarazada, o si el perpetrador había incumplido una orden de protección previa.

Agresión con sustancias químicas corrosivas
Considerado uno de los actos más crueles y deshumanizantes, el ataque con sustancias químicas corrosivas es castigado con la máxima dureza.
El Artículo 103 del nuevo Código Penal impone la pena más alta, 40 años de prisión mayor, si la agresión con estas sustancias provoca la muerte de la víctima.

Infracciones de Lesa Humanidad y genocidio
El nuevo código penal dominicano se alinea con las normativas del derecho internacional al sancionar de manera rigurosa los crímenes contra la humanidad.
Estos actos, que forman parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil, incluyen delitos como asesinato, exterminio, esclavitud y violencia sexual.

Es importante destacar que estos crímenes son imprescriptibles, lo que significa que no caducan con el tiempo. Las penas para estos delitos oscilan entre 30 y 40 años de prisión mayor, según lo establecido en los Artículos 82 (Lesa Humanidad) y 83 (Genocidio).

Sicariato
El asesinato por encargo o a cambio de una remuneración, conocido como sicariato, recibe una de las condenas más elevadas en el nuevo Código Penal.
La legislación castiga no solo a quien ejecuta el crimen, sino también a la persona que ordena o contrata el acto.
El Artículo 98 tipifica este delito con penas que van desde los 30 hasta los 40 años de prisión mayor, reforzando la lucha contra el crimen organizado.

Secuestro con torturas
La privación ilegal de libertad de una persona se castiga con extrema severidad cuando se combina con actos de crueldad.
Si el secuestro está acompañado de tortura o si la víctima se encuentra en una condición de vulnerabilidad particular, como un niño, una niña, o una persona con discapacidad, la pena se eleva al máximo.
El Artículo 169 establece para el secuestro agravado una condena de 30 a 40 años de prisión mayor, buscando proteger a los más indefensos.

Tortura agravada
La tortura cometida contra personas vulnerables, incluyendo niños, niñas, adolescentes, o en el contexto de violencia de género, también es castigada con la pena máxima.
Esta disposición, contenida en el Artículo 118, refleja una política de cero tolerancia hacia los tratos crueles, inhumanos y degradantes.
Las condenas por tortura agravada alcanzan entre 30 y 40 años de prisión mayor, reafirmando el compromiso del Estado con los derechos humanos.