SANTO DOMINGO: El abogado Félix Portes se pronunció en su cuenta de X (antes Twitter) sobre el allanamiento y posterior clausura del bar “Drink Sinaloa” en Baní, establecimiento que muestra fotos y vallas con figuras del narcotráfico. Portes advirtió que la Ley 50-88, sobre Drogas y Sustancias Controladas establece sanciones específicas para quienes promuevan o fomenten el consumo o comercio de drogas ilícitas.
“Puntos claves de la prohibición: Promoción, incitación o propaganda: La ley sanciona a toda persona que promueva, incite, induzca o facilite el consumo o tráfico ilícito de drogas, ya sea por medios escritos, audiovisuales, artísticos o cualquier otro medio de difusión”, agregó.
El abogado indicó que la responsabilidad establecida en la ley alcanza tanto a individuos como a instituciones que directa o indirectamente promuevan conductas asociadas al narcotráfico, ya sea mediante campañas, eventos o cualquier tipo de material
Portes recalcó que las sanciones contempladas van desde multas y penas de prisión hasta la clausura de los establecimientos involucrados, dependiendo de la gravedad del caso, la reincidencia y los daños ocasionados.
Portes subrayó, además, que la legislación también prohíbe expresamente el uso de medios de comunicación y publicidad para este tipo de promoción. “Se prohíbe el uso de prensa, radio, televisión, afiches, espectáculos o cualquier mecanismo de comunicación para estimular o justificar el consumo o tráfico de drogas”, estableció.
“En concreto, los artículos más citados en este aspecto son el artículo 36 (que sanciona la promoción o inducción al consumo) y los artículos relativos al tráfico y asociación para delinquir, que incluyen la propaganda como forma de participación”, concluyó.