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Embajada de EE.UU. explica cómo un niño puede obtener la ciudadanía al nacer.

PorROBBY GABRIEL

Nov 17, 2025

SANTO DOMINGO: La Embajada de Estados Unidos en el país compartió a través de sus redes sociales información clave sobre cómo un niño nacido en el extranjero puede adquirir la ciudadanía estadounidense. Según la sede diplomática, esto es posible si al menos uno de los padres es ciudadano estadounidense y cumple con ciertos requisitos de residencia física en el país.

Para que el niño obtenga la ciudadanía, el padre o madre estadounidense debe demostrar que vivió en Estados Unidos o en uno de sus territorios por un mínimo de cinco años, de los cuales al menos dos deben haberse cumplido después de los 14 años y antes del nacimiento del menor.

Al momento de solicitar un pasaporte o un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA), los padres deben presentar los documentos originales requeridos durante la cita consular. La embajada advirtió que la falta de documentos puede causar demoras o la necesidad de reagendar la cita.

Además, los oficiales consulares pueden solicitar pruebas adicionales, incluyendo exámenes de ADN, para confirmar la relación familiar. La embajada recordó que, por ley, las tarifas pagadas por pasaportes y CRBA no son reembolsables, independientemente del resultado de la solicitud.

La Embajada de Estados Unidos en el país compartió a través de sus redes sociales información clave sobre cómo un niño nacido en el extranjero puede adquirir la ciudadanía estadounidense. Según la sede diplomática, esto es posible si al menos uno de los padres es ciudadano estadounidense y cumple con ciertos requisitos de residencia física en el país.

Para que el niño obtenga la ciudadanía, el padre o madre estadounidense debe demostrar que vivió en Estados Unidos o en uno de sus territorios por un mínimo de cinco años, de los cuales al menos dos deben haberse cumplido después de los 14 años y antes del nacimiento del menor.

Al momento de solicitar un pasaporte o un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA), los padres deben presentar los documentos originales requeridos durante la cita consular. La embajada advirtió que la falta de documentos puede causar demoras o la necesidad de reagendar la cita.

Además, los oficiales consulares pueden solicitar pruebas adicionales, incluyendo exámenes de ADN, para confirmar la relación familiar. La embajada recordó que, por ley, las tarifas pagadas por pasaportes y CRBA no son reembolsables, independientemente del resultado de la solicitud.

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