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Matrimonio igualitario: ¿Qué dice la Constitución dominicana?

PorROBBY GABRIEL

Nov 3, 2025

SANTO DOMINGO: El hecho de que el exembajador de los Estados Unidos en la República Dominicana, Wally Brewster, oficiara una boda entre dos personas del mismo sexo, reabre el debate sobre el matrimonio igualitario. Diversos sectores se han pronunciado al respecto, pero, ¿qué establece nuestra constitución?

El artículo 55, numeral 1, de la Carta Magna establece que “el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer, libremente contraída, para formar una comunidad de vida”. Esta redacción, deja fuera toda posibilidad de reconocimiento legal para las uniones entre personas del mismo sexo.

A la fecha, ninguna norma del Código Civil ni proyecto de ley aprobado han modificado esa realidad. En consecuencia, las parejas homosexuales en República Dominicana no tienen acceso a los derechos y deberes derivados del matrimonio, tales como herencia, seguridad social, beneficios fiscales o decisiones médicas conjuntas.

Diversos sectores sociales y defensores de derechos humanos han insistido en que el Estado dominicano debe adecuar su marco jurídico a los estándares internacionales de igualdad y no discriminación. Sin embargo, otros grupos sostienen que el texto constitucional refleja la tradición y los valores de la sociedad dominicana, por lo que no debería ser alterado.

Mientras tanto, el tema continúa​ bajo cuestionamiento entre principios, creencias y derechos​.

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