SANTO DOMINGO: El anteproyecto de ley para regular la libertad de expresión y los medios digitales, que modificará la ley 6132 sobre expresión y difusión del pensamiento, contempla la creción del Instituto Nacional de Comunicación (INACOM), como entidad estatal descentralizada, con autonomía funcional, financiera y administrativa.
El INACOM tendrá a cargo la supervisión de los prestadores de servicios de la comunicación audiovisual, de las plataformas de contenidos en internet, el cine y los espectáculos públicos, con el fin de verificar el cumplimiento de los preceptos de la Constitución, de esta ley y de sus normas complementarias.
El Consejo Directivo del INACOM estará integrado por cinco miembros designados por el Senado de la República, de ternas de candidatos presentadas por el Presidente de la República. Los miembros del Consejo Directivo serán designados por un periodo de dos (2) años, pudiendo renovarse su mandato por un periodo idéntico mediante el mismo procedimiento de selección.
Según el anteproyecto al que tiene acceso esta redacción, el INACOM regulará y tutelará los derechos de los usuarios de los servicios audiovisuales y de las plataformas digitales de contenidos que no estén regidos por la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o por otras leyes especiales.
También garantizará la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en los medios de comunicación audiovisuales, y establecer criterios de calificación de obras cinematográficas y de teatro, así como la clasificación de los espectáculos públicos para la protección de la niñez y la adolescencia.
Esta nueva entidad, de aprobarse la ley, se encargará de velar para que las personas con discapacidad puedan ejercer los derechos a las libertades de expresión, información y opinión en igualdad de condiciones, además de velar por el respeto de los derechos de la mujer en los medios audiovisuales e Internet.
De igual manera, garantizará la igualdad de trato, la independencia e imparcialidad del sector público de la comunicación audiovisual, y de diseñar políticas públicas para la promoción del pluralismo en la programación, el desarrollo de la producción y la creación audiovisual nacional, incluso en su dimensión exterior.
Establece velar por la defensa del buen uso de la lengua nacional y el respeto a los símbolos patrios; estudiar el funcionamiento e impacto en la libertad de expresión de los servicios de comunicación audiovisual.
Se encargará de promover la adopción de los principios establecidos en la presente ley y sus normas complementarias por parte de las plataformas digitales de contenido que se reproduzcan en el territorio nacional, así como orientar y acompañar a los usuarios de estas plataformas en el país cuando sus derechos se vean vulnerados.