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TSE rechaza solicitud para suspender distribución de fondos públicos a partidos en 2026

PorROBBY GABRIEL

Ago 10, 2026

SANTO DOMINGO: El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó la solicitud de medida cautelar presentada por el Proyecto Visión Nación (PVN) y José Cristopher Ramírez, con la que buscaban suspender la aplicación de la Resolución 01-2026 de la Junta Central Electoral (JCE), que establece la distribución de la contribución económica del Estado a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos durante 2026.

La solicitud fue presentada el pasado 3 de agosto, pero el TSE determinó que no se cumplían los presupuestos establecidos en el artículo 160 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales para la adopción de una medida cautelar.

El tribunal explicó que este tipo de medidas requiere, entre otros aspectos, acreditar la verosimilitud del derecho invocado, demostrar la existencia de un perjuicio inminente de difícil o imposible reparación y que exista identidad entre el objeto de la medida cautelar y la acción principal

Los magistrados admitieron en cuanto a la forma la solicitud presentada por PVN y Ramírez, al considerar que fue interpuesta conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

Asimismo, rechazaron el medio de inadmisión planteado por la JCE, que cuestionaba la calidad del Proyecto Visión Nación para accionar en el proceso. El tribunal sostuvo que los solicitantes forman parte de la demanda principal contenida en el expediente TSE-01-0021-2026.

De igual manera, el TSE desestimó el argumento de la JCE de que la solicitud carecía de objeto porque la Resolución 01-2026 ya había producido sus efectos durante el año en curso.

Sobre este punto, los jueces señalaron que la Junta Central Electoral no aportó constancia que demostrara que la totalidad de los fondos públicos establecidos en la resolución había sido efectivamente entregada a los partidos beneficiarios.

Finalmente, el Tribunal Superior Electoral dispuso que la ordenanza sea notificada a las partes a través de su Secretaría y publicada en el portal institucional para los fines correspondientes.

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