SANTO DOMINGO: La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), actualizó la lista de empresas y personas físicas que están obligados ante la Ley 155-17, Contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Aunque la lista no es definitiva, la entidad incluyó a empresas tomando como referencia la actividad económica principal declarada por el contribuyente, añadiendo esta vez al sector construcción, inmobiliarias, armería, joyería y dealers.
Impuestos Internos hizo publico este listado en junio de este año y aclaró que aquellos que figuran en actividades específicas y no ofrecen esos servicios pueden solicitar su exclusión.
Para el proceso de eliminación, los interesados deben depositar una comunicación en el Centro de Atención Presencial de la sede central o en una Administración local, con los soportes que justifiquen su petición.
Listado de sujetos obligados a la Ley 155-17
• Empresas de factoraje
• Comerciantes de metales preciosos, piedras preciosas y joyas• Armerías• Casas de empeño
• Agentes inmobiliarios, cuando estos se involucran en transacciones para sus clientes concernientes a la compra y venta de bienes inmobiliarios
Empresas constructoras
• Empresas o personas físicas que de forma habitual se dediquen a la compra y venta de vehículos de motor, barcos y aviones
• Abogados, notarios, contadores, y otros profesionales jurídicos, cuando dispongan o realicen las actividades establecidas en el literal e) del artículo 33.
Sociedades fiduciarias que no ofrecen servicios a entidades financieras o de oferta pública.

