SANTO DOMINGO: Abogados el Palacio de Justicia del Distrito Nacional consideran acertada la sentencia del TC que prohíbe al Ministerio Público usar apodos para identificar expedientes judiciales, protegiendo el derecho al buen nombre.
El abogado Víctor Valentín sostuvo que la decisión no solo es correcta, sino que reafirma derechos fundamentales ya protegidos por la Constitución. “No es una novedad; los motes están prohibidos porque afectan el derecho al buen nombre. Esta sentencia simplemente hace cumplir lo que ya debía respetarse”, afirmó.
De manera similar, el abogado Emil Chahín calificó como “atinada y constitucional” la disposición del TC, al considerar que “asignar sobrenombres a los procesos judiciales puede vulnerar la dignidad de los ciudadanos investigados, incluso sin que haya una sentencia en su contra”
Ambos profesionales del derecho coincidieron en que estas etiquetas mediáticas distorsionan la percepción pública y ponen en riesgo la presunción de inocencia, un principio esencial del debido proceso.
La sentencia TC/0225/25 establece que el uso de sobrenombres en investigaciones penales puede continuar como parte de las estrategias internas del Ministerio Público, pero no deben hacerse públicos debido a su impacto potencial en los derechos fundamentales de los imputados.